Cobrar la indemnización con el nuevo baremo de tráfico

El año pasado por estas fechas la mayoría de medios de comunicación del país se hacían eco de la inminente entrada en vigor del nuevo baremo de tráfico 2016. Se nos vendía éste como la panacea, como la ley que equipararía a las víctimas de accidentes de tráfico en España con la de nuestros vecinos europeos. Las indemnizaciones - se decía- subirían entre un treinta y un cincuenta por ciento y, en esencia, se pondría fin a una legislación que hasta la fecha sólo había beneficiado a las compañías de seguros.

Pero la realidad no puede haber sido más diferente: hoy, cuando el nuevo baremo lleva algo menos de un año aplicándose, nadie puede serguir engañándonos. La nueva legislación ha conseguido que el noventa por ciento de las indemnizaciones por lesiones en accidente de tráfico se rebajen entre un veinte y un setenta y cinco por ciento. Además, la despenalización de los accidentes ha obligado a las víctimas a acudir a un procedimiento civil, para el cual han de abonar los honorarios de un abogado, un procurador y un perito médico. Obviamente, todo está dispuesto para que los accidentados se conformen con la indemnización que buenamente les quiera dar la aseguradora contraria, llevándonos de facto a un estado de indefensión totalmente predecible.

Y digo predecible, porque desde diferentes blogs y foros los que tuvimos la ocurrencia de leernos del borrador del nuevo baremo ya avisamos que se nos venía encima una auténtica catástrofe para los lesionados en accidente de tráfico. Para empezar, los días se han recortado respecto de los fijados el año anterior. Se trata, además, como posibles sospechosos a buena partes de los accidentados, y en concreto las personas que sufran una latigazo cervical deberán realizar un esfuerzo probatorio casi sobrehumano para poder demostrar que sus lesiones existen.

De paso, además, el nuevo baremo ha supuesto un verdadero cataclismo entre los abogados y despachos que nos venimos dedicando a la reclamación de lesiones en accidente de circulación. La tendencia, de seguir así las cosas, es que los abogados no especializados o los pequeños despachos se queden fuera de esta rama del derecho, que pasará a estar gestionada por franquicias o por despachos que sepan adaptarse a los nuevos tiempos y que se reconviertan en negocios pluridisciplinares que permitan seguir cumpliendo con la vieja máxima: sólo cobramos si usted cobra.

Algo parecido pasa con los centros de rehabilitación: Aunque en teoría el accidentado puede escoger el que más le interese de entre las clínicas concertadas de su municipio, a la hora de la verdad las compañías de seguros intentan imponer aquéllas con las que han llegado a pactos previos tan preocupantes como que a los accidentados se les dará el alta transcurrido un número determinado de sesiones, con independencia de si el accidentado se halla completamente curado o no.

 

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